Como futuros psicólogos debemos manejar con ética e idoneidad todo proceso o procedimiento que realicemos, basados en el código deontológico y bioético de psicología, así mismo en la Constitución política de nuestro país, la cual nos da derechos, como deberes a cumplir como ciudadanos. Partiendo de este punto, se debe tener un consentimiento informado de la persona o personas que van a participar en un proceso, el cual es una obligación del profesional presentar, así como explicar e informar de manera clara y oportuna todo el proceso que se realizara, sus beneficios, alcances y desventajas o repercusiones si hay lugar a ellas, y permitir que la persona de su consentimiento de manera libre, espontánea y de manera autónoma, o se rehusé si lo considera pertinente, de manera que no se viole ningún derecho, y se garantice su bienestar en todo sentido.De igual manera se debe tener en cuenta el secreto profesional, el cual debe ser expresado en todo procedimiento, explicando sus condiciones y excepciones, para así demostrar la idoneidad del profesional, y garantizar el derecho a la privacidad, intimidad y buen nombre de la persona con la cual se desarrolle el proceso, garantizando todos sus derechos y el cumplimiento de las leyes que rigen la labor del psicólogo.En conclusión, el consentimiento informado y el secreto profesional son de suma importancia para el desarrollo de nuestra labor, ya que garantizan que todo será de acuerdo a las leyes que nos rigen, garantizando el bienestar, la tranquilidad y la salud, de aquellos con los cuales desarrollemos nuestras labores como psicólogos, y en las cuales se preservara su integridad y su privacidad, teniendo en cuenta el Juramento hipocrático
Todo lo que vea y oiga en el
ejercicio de mi profesión, y todo lo que supiere acerca de la vida de alguien,
si es cosa que no debe ser divulgada, lo callaré y lo guardaré con secreto
inviolable.
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